¿Podemos difundir una sentencia judicial vía "WhatsAPP"?



Sabemos que la protección de datos es algo inequívocamente basado en el cumplimiento normativo, pero también en el "sentido común".


Ninguno de nosotros está libre de cometer un error, remitir por exceso de velocidad un email a varias personas sin la función de copia oculta, enviar por error un mensaje a un destinatario con el mismo nombre "de pila" que a quien en realidad deseábamos, hablar de más, etc., pero debemos pensar, detenernos antes de remitir cualquier documento o dato. Lo enviado, enviado queda. Luego, solo cabe esperar y cruzar dedos.


Una resolución judicial (sentencia, en este caso), no es cualquier cosa y la Agencia Española de Protección de Datos, harta hasta la saciedad de advertirlo, ha sancionado a una abogada en ejercicio con 4.000 € pues remitió una sentencia vía WhatsApp sin anonimizar para "publicitar sus servicios".



Es evidente que el secreto profesional y el deber de sigilo no es la característica o virtud más notable de esta profesional.


#WhatsApp   #LOPD  #sancion  #sentencia


CURIOSIDADES & NOTICIAS

23 de abril de 2025
La AEPD ha llevado a cabo la traducción de la Guía del a Autoridad de Protección de Datos de Singapur, que sin duda, puede contribuir sobremanera a gestionar adecuadamente el proceso de entrenamiento de sistemas de IA con este tipo de datos, los sintéticos, que priorizan la privacidad y la protección de los datos personales, comportándose como auténticos datos personales, sin el riesgo de la identificación y el tratamiento, en especial en casos no autorizados.
11 de abril de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tiene previsto implementar sistemas internos avanzados, basados en la inteligencia artificial y el análisis automatizado de datos, para detectar de forma temprana riesgos que puedan afectar a la privacidad y a la protección de los datos personales. En los tiempo actuales, en vertiginosos cambios diarios, la Agencia precisa la agilidad necesaria para enfrentar el imparable avance digital y de las nuevas normativas, así como reforzar los sistemas de monitoreo continuo para anticiparse a las tendencias tecnológicas emergentes, y para ello apuesta por una mayor colaboración con entidades externas relacionadas o vinculadas con la privacidad y seguridad de los sistemas de información, entre los que se cuentan los centros de investigación, universidades y profesionales de la privacidad.
8 de abril de 2025
La AEPD ha sancionado al Instituto Balear de la Juventud por recopilar y posteriormente tratar datos de aproximadamente 3000 jóvenes a través de encuestas para definir una radiografía del a situación de la juventud en las Islas Baleares y en las que se les solicitaba datos de orientación sexual, ideología, religión, salud, etc. Según la AEPD los datos recabados, de carácter especialmente delicado, se recogieron de modo obligatorio, sin informar previamente del tratamiento ni del ejercicio de derechos. Tampoco se considera tuviera suficiente legitimación en base a interés público u obligación legal, ni tampoco un consentimiento legalmente prestado.
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