¿Podemos difundir una sentencia judicial vía "WhatsAPP"?



Sabemos que la protección de datos es algo inequívocamente basado en el cumplimiento normativo, pero también en el "sentido común".


Ninguno de nosotros está libre de cometer un error, remitir por exceso de velocidad un email a varias personas sin la función de copia oculta, enviar por error un mensaje a un destinatario con el mismo nombre "de pila" que a quien en realidad deseábamos, hablar de más, etc., pero debemos pensar, detenernos antes de remitir cualquier documento o dato. Lo enviado, enviado queda. Luego, solo cabe esperar y cruzar dedos.


Una resolución judicial (sentencia, en este caso), no es cualquier cosa y la Agencia Española de Protección de Datos, harta hasta la saciedad de advertirlo, ha sancionado a una abogada en ejercicio con 4.000 € pues remitió una sentencia vía WhatsApp sin anonimizar para "publicitar sus servicios".



Es evidente que el secreto profesional y el deber de sigilo no es la característica o virtud más notable de esta profesional.


#WhatsApp   #LOPD  #sancion  #sentencia


CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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