Presidente de Comité de Empresa sancionado por divulgar datos indebidamente




En estos días hemos conocido una resolución sancionadora de la AEPD que concluye un expediente iniciado tras denuncia de las personas afectadas contra la persona infractora. 


Esta resolución sanciona al Presidente de un Comité de empresa que expuso en un tablón de anuncios público y al que podían tener acceso incluso personas ajenas a la empresa, una circular informando de un despido colectivo adoptado en una reunión cuya acta fue directamente publicada sin sesgo alguno, incluso con el anexo en el que figuraban los nombres, apellidos, DNI, etc, de las personas trabajadoras afectadas, y ademas, sin esperar a que cada despido fuera comunicado directamente a cada persona interesada.


Si bien es cierto que la AEPD ha tenido en consideración que los representantes de los trabajadores cuentan con la atribución de publicar en el tablón de anuncios de la empresa los asuntos que sean de interés de los empleados, “esta facultad no puede operar como una cláusula abierta ilimitada que permita publicar o revelar datos personales que afecten a todos los trabajadores, indiscriminadamente”, de modo que antes de publicarlo debió haberse notificado individualmente a las personas afectadas y directamente por la empresa, no por el Comité.


Recordémoslo y tengamos en cuenta que esta situación se puede producir en cualquier otro ámbito. Por favor, debemos extremar la cautela en la protección de la intimidad.



CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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