Club deportivo responsable por publicar fotos no consentidas

Recientemente hemos tenido acceso a nuevas resoluciones sancionadoras de la AEPD por la que se imponen actuaciones correctivas y abonar sanciones económicas a dos clubs deportivos.
El primero de estos asuntos relativos a los mencionados clubs deportivos, ha tenido lugar en base a la reclamación de la progenitora de una menor por ver publicada sin autorización la foto de su hija menor de edad practicando deporte para promoción del club deportivo.
Tras la denuncia por la reclamación planteada y un proceso de investigación por parte de la AEPD, se comprobó que el club deportivo ofrecía en su formulario de inscripción y pertenencia al mismo, la información sobre protección de datos vinculados a las imágenes y su captación, pero no para su posterior utilización para diversas finalidades.
Igualmente otros formularios de inscripción, aparecían con casillas premarcadas, que impedían a la persona que se adscribe decidir o no si otorga su consentimiento. Por si no era suficiente, adicionalmente hubo conflicto entre los progenitores de la menor (divorciados) porque si bien el padre autorizó el formulario, según resolución judicial que regulaba el convenio entre ambos sobre la menor, no estaba habilitado para autorizar el uso de la imagen para finalidades promocionales. El club, no solicitó el consentimiento de ambos progenitores y utilizó la imagen para publicitar las actividades del club de un modo promocional.
En un segundo caso, también se ha presentado reclamación contra otro club deportivo por agregar a un grupo de mensajería instantánea a quien no lo había autorizado, algo que se debe consentir expresamente. Recordaremos que los grupos de mensajería instantánea tipo WhatsApp son ágiles, útiles en la comunicación, pero todos los contactos integrantes tienen acceso a la imagen, nombre y número de móvil de quienes lo componen. Por ello, es preciso informar previamente del modo adecuado y solicitar el consentimiento. Solo así podremos integrar a alguien en un grupo.
En cualquier caso, a pesar de que los clubs deportivos han adoptado medidas correctivas sobre el sistema que venían desarrollando habitualmente, y preventivas cara al futuro para evitar que se reiteren hechos similares, la AEPD ha procedido a sancionarlos económicamente con 5000 € y 4000 € respectivamente, incluso una vez tenidas en consideración las medidas adoptadas.
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