LaLiga advertida por la AEPD sobre el uso de reconocimiento facial en estadios



La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha lanzado una “advertencia” a La Liga de fútbol ante la licitación de un contrato para desarrollar un sistema de reconocimiento facial para el acceso de los aficionados a los estadios españoles.


En este sentido, la AEPD, recuerda a LaLiga la necesidad de que un sistema de estas características se ajuste a la legalidad y que en caso de no adoptar las medidas necesarias incurriría en una infracción que daría lugar al inicio de actuaciones previas de investigación y actuaciones correctivas, incluidas sanciones. Ello, es debido a que con un sistema de reconocimiento facial, la intrusión en la intimidad es realmente invasiva si no se dan las condiciones jurídicas necesarias: ser un mecanismo idóneo, necesario y proporcionado.



Así, si en un estadio se pretende instalar un mecanismo que no solo permita la videovigilancia, sino además un sistema de reconocimiento facial, tratándose de un mecanismo que recaba datos sensibles (como por ejemplo la raza o etnia), se precisa realizar previamente un análisis de riesgos e idoneidad, si hay otro mecanismo alternativo menos invasivo, así como una valoración y evaluación del impacto, y tan solo en caso de que sea posible por cumplirse el triple requisito, crear un registro de actividades previo al inicio del tratamiento.




CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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