La cartera-certificado digital europeo




La Unión Europea acaba de aprobar el Reglamento sobre cartera digital única. Con ello y tan solo pendientes de la aprobación del Consejo de Ministros europeo, se pone en marcha la nueva identidad digital europea, esto es, un dispositivo digital que incorporará nuestra información personal para que podamos identificarnos y acreditar muchas de nuestras circunstancias personales, como puede ser nuestra edad sin identificar completamente a la persona, almacenar y gestionar datos de identidad y documentos oficiales, el permiso de conducción, recetas médicas o títulos académicos.


En principio, muchos defensores y detractores. Útil, por supuesto, simplicidad de medios de acreditación y su validez en toda la Unión Europea, pero, siempre y cuando se tengan en cuenta y con mucho cuidado el empleo de las medidas de seguridad adecuadas para proteger toda la información personal, así como la posibilidad aun no acreditada de que puedas sesgar qué quieres que se quede incorporado en la tarjeta y qué información prefieres eliminar de ella, es decir, que la persona titular sea dueña de su gestión en aspectos de su privacidad.


Por otra parte, no será obligatoria, especialmente pensando esta posibilidad en las personas más mayores cuyo sesgo generacional respecto a la tecnología se puso más que en evidencia tras la implantación de la banca electrónica a la que muchos de ellos no les resulta factible por imposibilidad de adquirir la habilidad necesaria para ello, pero obviamente, será cada vez más necesaria.


En su defensa, estas carteras digitales personales serán seguras, gratuitas y fáciles de usar, garantizando la protección de los datos personales y pueden utilizarse en toda la Unión Europea, no sustituirán, sino que complementarán, las soluciones nacionales existentes que permitan una identificación y autenticación sin fisuras en los sectores público y privado en toda la UE y el intercambio de atributos y credenciales electrónicos personales. 

CURIOSIDADES & NOTICIAS

23 de abril de 2025
La AEPD ha llevado a cabo la traducción de la Guía del a Autoridad de Protección de Datos de Singapur, que sin duda, puede contribuir sobremanera a gestionar adecuadamente el proceso de entrenamiento de sistemas de IA con este tipo de datos, los sintéticos, que priorizan la privacidad y la protección de los datos personales, comportándose como auténticos datos personales, sin el riesgo de la identificación y el tratamiento, en especial en casos no autorizados.
11 de abril de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tiene previsto implementar sistemas internos avanzados, basados en la inteligencia artificial y el análisis automatizado de datos, para detectar de forma temprana riesgos que puedan afectar a la privacidad y a la protección de los datos personales. En los tiempo actuales, en vertiginosos cambios diarios, la Agencia precisa la agilidad necesaria para enfrentar el imparable avance digital y de las nuevas normativas, así como reforzar los sistemas de monitoreo continuo para anticiparse a las tendencias tecnológicas emergentes, y para ello apuesta por una mayor colaboración con entidades externas relacionadas o vinculadas con la privacidad y seguridad de los sistemas de información, entre los que se cuentan los centros de investigación, universidades y profesionales de la privacidad.
8 de abril de 2025
La AEPD ha sancionado al Instituto Balear de la Juventud por recopilar y posteriormente tratar datos de aproximadamente 3000 jóvenes a través de encuestas para definir una radiografía del a situación de la juventud en las Islas Baleares y en las que se les solicitaba datos de orientación sexual, ideología, religión, salud, etc. Según la AEPD los datos recabados, de carácter especialmente delicado, se recogieron de modo obligatorio, sin informar previamente del tratamiento ni del ejercicio de derechos. Tampoco se considera tuviera suficiente legitimación en base a interés público u obligación legal, ni tampoco un consentimiento legalmente prestado.
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