Sanción por difundir un vídeo humillante

Una persona difundió un vídeo humillante de un viandante en condiciones delicadas. De hecho, sucedió la noche de Reyes de 2022 y en el vídeo aparecía esta persona con evidentes signos de embriaguez mientras paseaba a su perro por la calle. El conductor de un vehículo, además de increparle y mofarse de la persona, lo grabó sin consentimiento y por tanto contra la voluntad de la víctima. En el deplorable vídeo no solo se identificaba a la persona, sino que además, se pueden oír las frases de burla del conductor que en ningún momento se apeó del vehículo para prestar ayuda a la persona que era evidente que la necesitaba.
No suficientemente contento con la mofa que llevó a cabo durante la grabación y pareciéndole muy divertido todo ello, su grave irresponsabilidad le llevó a subir el vídeo a redes sociales, siendo difundido en Facebook, Instagram, X y You Tube, lo que propició una repercusión viral en toda España.
El resultado: Tras denuncia interpuesta, la AEPD ha sancionado a la persona que grabó y difundió el vídeo, con 10.000 €.
Recordemos que este tipo de acciones, además de un comportamiento éticamente reprochable, se trata de una acción ilícita por cuanto el grabar y difundir la imagen personal en circunstancias humillantes o degradantes, no está permitido si falta el consentimiento de la víctima aunque el hecho esté teniendo lugar en un lugar público.
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