Sanción por difundir un vídeo humillante


Una persona difundió un vídeo humillante de un viandante en condiciones delicadas. De hecho, sucedió la noche de Reyes de 2022 y en el vídeo aparecía esta persona con evidentes signos de embriaguez mientras paseaba a su perro por la calle. El conductor de un vehículo, además de increparle y mofarse de la persona, lo grabó sin consentimiento y por tanto contra la voluntad de la víctima. En el deplorable vídeo no solo se identificaba a la persona, sino que además, se pueden oír las frases de burla del conductor que en ningún momento se apeó del vehículo para prestar ayuda a la persona que era evidente que la necesitaba.


No suficientemente contento con la mofa que llevó a cabo durante la grabación y pareciéndole muy divertido todo ello, su grave irresponsabilidad le llevó a subir el vídeo a redes sociales, siendo difundido en Facebook, Instagram, X y You Tube, lo que propició una repercusión viral en toda España.


El resultado: Tras denuncia interpuesta, la AEPD ha sancionado a la persona que grabó y difundió el vídeo, con 10.000 €.


Recordemos que este tipo de acciones, además de un comportamiento éticamente reprochable, se trata de una acción ilícita por cuanto el grabar y difundir la imagen personal en circunstancias humillantes o degradantes, no está permitido si falta el consentimiento de la víctima aunque el hecho esté teniendo lugar en un lugar público.


CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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