Sanción de la AEPD por difundir el despido de un trabajador por mala praxis




Recientemente, una empresa ha sido sancionada por la AEPD con la suma de 5000 €, por comunicar a su clientela que había procedido a despedir a una persona del equipo de trabajo de la organización, a causa de que la misma había llevado a cabo procedimientos inadecuados siguiendo una mala praxis en el trabajo.


La AEPD considera que si nos encontramos en una situación en la que ha habido problemática con la práctica laboral de alguna persona de nuestro equipo, no se puede revelar en momento alguno que el despido se haya llevado a cabo, y mucho menos, el motivo del mismo por cuanto es algo que debe permanecer en la intimidad de ambas partes.


Iniciado el proceso de denuncia por parte del empleado despedido,  en enero de 2024 se acordó iniciar procedimiento sancionador a la empresa, por la presunta infracción del artículo 5.1 c) del RGPD, es decir, por considerarse que era posible que la empresa hubiera cedido más datos de los imprescindibles para cumplir con la finalidad pretendida, como por ejemplo, la causa por la que el trabajador había sido despedido. La empresa contestó a la AEPD que lo había realizado en interés legítimo por cuanto el trabajador despedido había realizado un mal asesoramiento fiscal a los clientes, motivo que no ha sido suficiente como para validar esta exposición de la intimidad del ex-trabajador.


CURIOSIDADES & NOTICIAS

23 de abril de 2025
La AEPD ha llevado a cabo la traducción de la Guía del a Autoridad de Protección de Datos de Singapur, que sin duda, puede contribuir sobremanera a gestionar adecuadamente el proceso de entrenamiento de sistemas de IA con este tipo de datos, los sintéticos, que priorizan la privacidad y la protección de los datos personales, comportándose como auténticos datos personales, sin el riesgo de la identificación y el tratamiento, en especial en casos no autorizados.
11 de abril de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tiene previsto implementar sistemas internos avanzados, basados en la inteligencia artificial y el análisis automatizado de datos, para detectar de forma temprana riesgos que puedan afectar a la privacidad y a la protección de los datos personales. En los tiempo actuales, en vertiginosos cambios diarios, la Agencia precisa la agilidad necesaria para enfrentar el imparable avance digital y de las nuevas normativas, así como reforzar los sistemas de monitoreo continuo para anticiparse a las tendencias tecnológicas emergentes, y para ello apuesta por una mayor colaboración con entidades externas relacionadas o vinculadas con la privacidad y seguridad de los sistemas de información, entre los que se cuentan los centros de investigación, universidades y profesionales de la privacidad.
8 de abril de 2025
La AEPD ha sancionado al Instituto Balear de la Juventud por recopilar y posteriormente tratar datos de aproximadamente 3000 jóvenes a través de encuestas para definir una radiografía del a situación de la juventud en las Islas Baleares y en las que se les solicitaba datos de orientación sexual, ideología, religión, salud, etc. Según la AEPD los datos recabados, de carácter especialmente delicado, se recogieron de modo obligatorio, sin informar previamente del tratamiento ni del ejercicio de derechos. Tampoco se considera tuviera suficiente legitimación en base a interés público u obligación legal, ni tampoco un consentimiento legalmente prestado.
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