Sanción de la AEPD por difundir el despido de un trabajador por mala praxis




Recientemente, una empresa ha sido sancionada por la AEPD con la suma de 5000 €, por comunicar a su clientela que había procedido a despedir a una persona del equipo de trabajo de la organización, a causa de que la misma había llevado a cabo procedimientos inadecuados siguiendo una mala praxis en el trabajo.


La AEPD considera que si nos encontramos en una situación en la que ha habido problemática con la práctica laboral de alguna persona de nuestro equipo, no se puede revelar en momento alguno que el despido se haya llevado a cabo, y mucho menos, el motivo del mismo por cuanto es algo que debe permanecer en la intimidad de ambas partes.


Iniciado el proceso de denuncia por parte del empleado despedido,  en enero de 2024 se acordó iniciar procedimiento sancionador a la empresa, por la presunta infracción del artículo 5.1 c) del RGPD, es decir, por considerarse que era posible que la empresa hubiera cedido más datos de los imprescindibles para cumplir con la finalidad pretendida, como por ejemplo, la causa por la que el trabajador había sido despedido. La empresa contestó a la AEPD que lo había realizado en interés legítimo por cuanto el trabajador despedido había realizado un mal asesoramiento fiscal a los clientes, motivo que no ha sido suficiente como para validar esta exposición de la intimidad del ex-trabajador.


CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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