Publicar imágenes de menores de edad... ¿Posible?

Nuevamente nos encontramos una sanción de la AEPD que con 5.000 € ha considerado infracción la publicación sin consentimiento de una menor por una empresa en sus perfiles de redes sociales.
Efectivamente, el caso es muy claro: la organización no solo no contaba con autorización y consentimiento de los padres de la niña, sino que además la mostraba en las fotografías justo cuando la misma reclamaba por una decisión arbitral con la que discrepaba, por lo que podría ser atentatoria a su honra y reputación pública.
Menores, mayores... jamás sin consentimiento! Y sin además tratamos datos de niños y niñas, por favor, seamos especialmente escrupulosos con el tratamiento del dato. Exprimamos nuestras cabecitas para no publicar jamás imágenes no autorizadas y mucho menos en cualquier situación que pudiera atentar contra la dignidad de la persona.
#RGPD #honor #intimidad #propiaimagen #LOPD
CURIOSIDADES & NOTICIAS


