TIK TOK sancionado por protección de datos con 345 millones de euros

Y ello, ¿por?
Pues desde la OCU España en acción coordinada con otros miembros de BEUC (consumidores europeos), presentaron denuncia contra TikTok buscando que esta empresa lleve a cabo acciones necesarias para:
- Respetar los derechos de los consumidores europeos
- Seguridad en el uso
Desde OCU en España se inició el procedimiento y se solicitó a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que iniciara una investigación sobre las políticas y prácticas de la afamada red social en el sentido indicado. Una vez recibida por la AEPD, esta la derivó a la autoridad irlandesa en protección de datos (Data Protection Commission) por ser la competente, y ésta, una vez llevado a cabo todo el proceso de análisis e investigación ha resuelto:
- En los "Términos del servicio" publicados por TikTok hay aspectos que son ambiguos y favorecen a TikTok en detrimento de sus usuarios.
- TikTok no protege a menores de edad de la publicidad oculta, el marketing agresivo, ni del contenido potencialmente dañino.
- El contenido específico de derechos de autor otorga a TikTok un derecho irrevocable a usar, distribuir y reproducir los videos publicados por los usuarios, sin remuneración.
- La "Política de artículos virtuales" de TikTok recoge términos poco transparentes y prácticas engañosas.
- En la"Política de privacidad" de TikTok no se informa claramente, de una manera comprensible para niños y adolescentes, sobre qué datos personales se recopilan, con qué propósito y por qué razón legal.
En fin... no están muy finos en TIK TOK con el cumplimiento normativo descrito en sus políticas, que tendrán que adaptar en plazo máximo de 3 meses. No obstante, y aunque procedan como deben a solucionar el problema de transparencia y sus prácticas agresivas, la deuda es la deuda: 345 millones €... Ahí es nada!
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