TIK TOK sancionado por protección de datos con 345 millones de euros




Y ello, ¿por?

 

Pues desde la OCU España en acción coordinada con otros miembros de BEUC (consumidores europeos), presentaron denuncia contra TikTok buscando que esta empresa lleve a cabo acciones necesarias para:


  1. Respetar los derechos de los consumidores europeos
  2. Seguridad en el uso 

 

Desde OCU en España se inició el procedimiento y se solicitó a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que iniciara una investigación sobre las políticas y prácticas de la afamada red social en el sentido indicado. Una vez recibida por la AEPD, esta la derivó a la autoridad irlandesa en protección de datos (Data Protection Commission) por ser la competente, y ésta, una vez llevado a cabo todo el proceso de análisis e investigación ha resuelto:

 

  • En los "Términos del servicio" publicados por TikTok hay aspectos que son ambiguos y favorecen a TikTok en detrimento de sus usuarios.
  • TikTok no protege a menores de edad de la publicidad oculta, el marketing agresivo, ni del contenido potencialmente dañino.
  • El contenido específico de derechos de autor otorga a TikTok un derecho irrevocable a usar, distribuir y reproducir los videos publicados por los usuarios, sin remuneración.
  • La "Política de artículos virtuales" de TikTok recoge términos poco transparentes y prácticas engañosas.
  • En la"Política de privacidad" de TikTok no se informa claramente, de una manera comprensible para niños y adolescentes, sobre qué datos personales se recopilan, con qué propósito y por qué razón legal.


En fin... no están muy finos en TIK TOK con el cumplimiento normativo descrito en sus políticas, que tendrán que adaptar en plazo máximo de 3 meses. No obstante, y aunque procedan como deben a solucionar el problema de transparencia y sus prácticas agresivas, la deuda es la deuda: 345 millones €... Ahí es nada!


#transparencia #confiabilidad #proteccióndedatos #rgpd #lopdgdd #tiktok #malapraxis


CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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