Freshly Cosmetics, sancionada por informar erróneamente sobre Cookies y Privacidad

La conocida marca de cosmética "Freshly", ha resultado sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos por cuanto ha cometido sanción en su política informativa sobre Cookies.


Los hechos se han descubierto porque una usuaria de la web, advirtió durante su navegación por la web de "Freshly" que:

  • La web de la empresa utilizaba cookies sobre las que no informaba
  • Añadía «cookies» de terceros como por ejemplo, de Google o de Facebook para vincular a las personas usuarias al perfil correspondiente de la empresa en dichas redes sociales
  • En los avisos legales, el CIF/NIF no era correcto y/o faltaban o eran erróneos estos u otros datos
  • Existían casillas premarcadas o asimiladas, como las clásicas: "marcar si no quieres recibir..."


La usuaria, disconforme con todo ello, presentó denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).


A consecuencia de estos hechos, la AEPD instruyó un expediente cuyo resultado ha sido:

  • Sanción a Freshly que tendrá que abonar 5.000 € (pudiendo acogerse a cierta reducción)
  • Actualizar correctamente su web con las políticas informativas correctas


Ciertamente, si se visita actualmente la web, se ve que en muy pocos días han llevado un buen trabajo. Se puede observar que ya aparece el banner, los avisos legales corregidos y políticas informativas, más correctos y adaptados a lo que la empresa lleva a cabo, han profundizado sin un "corta-pega", con lo que han dado respuesta a lo que se le requería. Igualmente, se han acogido a la reducción de sanción por pronto pago y han abonado la suma de 4.000 €.


Por favor, tengamos muchísimo cuidado con nuestras webs. Son nuestra imagen pública, nuestra "punta del iceberg".

Si no están correctas, cualquier persona usuaria puede presentar denuncia pues imaginan (y lo que es peor todavía, la Agencia Española de Protección de Datos, también lo imagina), que si externamente se observa esto, ¿qué y cómo se lleva a cabo internamente el tratamiento de datos?...ya que ahí es lo que no se ve a simple vista.



#RGPD #LOPD #cookies



CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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