Sanción a un restaurante por captar foto de un cliente con torso semidesnudo




Tras un expediente sancionador, la AEPD ha resuelto imponer una multa de 10.000 € (que posteriormente se redujo por aceptar y pagar anticipadamente), a un restaurante por captar fotografías de un cliente habitual del espacio, que se encontraba durante una cena-reunión de trabajo y al que se captó con el torso semidesnudo.

Un camarero del restaurante advirtió de la captación a uno de los compañeros de trabajo del afectado y este a su vez le alertó, a consecuencia de lo cuál, el interesado planteó reclamación ante la AEPD.


Durante el proceso del expediente, se ofreció trámite para comparecer al restaurante que hizo caso omiso, por lo que se prosiguió el mismo, finalizando con el acuerdo de imposición de sanción.

La empresa titular del restaurante, al conocer la sanción impuesta, admitió los hechos y solicitó la reducción de la misma, que finalmente quedó fijada en 6.000 €.


El motivo principal de la sanción fue la captación de las imágenes que evidenciaron adolecían de medidas suficientes de seguridad para evitar que llegaran a trabajadores del restaurante no autorizados, así como su posterior difusión a uno de los compañeros de trabajo del interesado. El camarero que remitió la imagen al compañero del afectado, manifestó que lo hizo para advertir a este compañero de que las imágenes estaban siendo captadas y que había clientes que se habían quejado del comportamiento del joven cuyo torso semidesnudo fue captado por la cámara de videovigilancia.

CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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