Sanción a un restaurante por captar foto de un cliente con torso semidesnudo




Tras un expediente sancionador, la AEPD ha resuelto imponer una multa de 10.000 € (que posteriormente se redujo por aceptar y pagar anticipadamente), a un restaurante por captar fotografías de un cliente habitual del espacio, que se encontraba durante una cena-reunión de trabajo y al que se captó con el torso semidesnudo.

Un camarero del restaurante advirtió de la captación a uno de los compañeros de trabajo del afectado y este a su vez le alertó, a consecuencia de lo cuál, el interesado planteó reclamación ante la AEPD.


Durante el proceso del expediente, se ofreció trámite para comparecer al restaurante que hizo caso omiso, por lo que se prosiguió el mismo, finalizando con el acuerdo de imposición de sanción.

La empresa titular del restaurante, al conocer la sanción impuesta, admitió los hechos y solicitó la reducción de la misma, que finalmente quedó fijada en 6.000 €.


El motivo principal de la sanción fue la captación de las imágenes que evidenciaron adolecían de medidas suficientes de seguridad para evitar que llegaran a trabajadores del restaurante no autorizados, así como su posterior difusión a uno de los compañeros de trabajo del interesado. El camarero que remitió la imagen al compañero del afectado, manifestó que lo hizo para advertir a este compañero de que las imágenes estaban siendo captadas y que había clientes que se habían quejado del comportamiento del joven cuyo torso semidesnudo fue captado por la cámara de videovigilancia.

CURIOSIDADES & NOTICIAS

23 de abril de 2025
La AEPD ha llevado a cabo la traducción de la Guía del a Autoridad de Protección de Datos de Singapur, que sin duda, puede contribuir sobremanera a gestionar adecuadamente el proceso de entrenamiento de sistemas de IA con este tipo de datos, los sintéticos, que priorizan la privacidad y la protección de los datos personales, comportándose como auténticos datos personales, sin el riesgo de la identificación y el tratamiento, en especial en casos no autorizados.
11 de abril de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tiene previsto implementar sistemas internos avanzados, basados en la inteligencia artificial y el análisis automatizado de datos, para detectar de forma temprana riesgos que puedan afectar a la privacidad y a la protección de los datos personales. En los tiempo actuales, en vertiginosos cambios diarios, la Agencia precisa la agilidad necesaria para enfrentar el imparable avance digital y de las nuevas normativas, así como reforzar los sistemas de monitoreo continuo para anticiparse a las tendencias tecnológicas emergentes, y para ello apuesta por una mayor colaboración con entidades externas relacionadas o vinculadas con la privacidad y seguridad de los sistemas de información, entre los que se cuentan los centros de investigación, universidades y profesionales de la privacidad.
8 de abril de 2025
La AEPD ha sancionado al Instituto Balear de la Juventud por recopilar y posteriormente tratar datos de aproximadamente 3000 jóvenes a través de encuestas para definir una radiografía del a situación de la juventud en las Islas Baleares y en las que se les solicitaba datos de orientación sexual, ideología, religión, salud, etc. Según la AEPD los datos recabados, de carácter especialmente delicado, se recogieron de modo obligatorio, sin informar previamente del tratamiento ni del ejercicio de derechos. Tampoco se considera tuviera suficiente legitimación en base a interés público u obligación legal, ni tampoco un consentimiento legalmente prestado.
¿Tienes más interés?