Sanción de 25.000 € a Caixabank por facilitar información indebida

Veamos el asunto de un modo muy sencillo:
Una madre se persona en el banco porque vía email no le facilitaban cierta información sobre la cuenta bancaria de una de sus hijas de la que había tenido guarda y custodia. Ahora la hija, ya mayor de edad tiene control sobre la cuenta. La madre se persona en el banco y aportando DNI de la hija solicita la información. Se la ofrecen indicándole que debe ir a otra oficina para recibir información adicional ya que se había cancelado una cuenta, todo ello sin solicitarle acreditación suficiente a la madre para verificar que tenía derecho a recibir la información.
Por otra parte se le obstaculiza el acceso de un modo ágil por que según parece, el padre de las hijas del que se estaba separando es trabajador de la entidad bancaria y se procuró ocultar que el mismo había cancelado cuentas para transferirse el importe de las mismas. La madre, al ver la vulneración, reclama y el resultado ha sido: 25.000 € de sanción de la AEPD a Caixabank.
Lo cierto es que ello nos recuerda que jamás debemos ofrecer información a nadie que no sea el interesado o interesada acerca de sus datos personales ni información vinculada, ni tan siquiera a padres o madres, cuando se trate de mayores de edad (salvo en el caso de la información académica en ciertos casos), que no hayan otorgado autorización para ello.
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