Linkedin sancionada por la AEPD con 10.000 €




No lo esperábamos de una red social principalmente profesional y que propugna la excelencia y que auna conocimiento y alarde de todo ello en un entorno de máximo escrúpulo.


Pues ni tanto, ya que una persona usuaria ha denunciado a esta red social por remitirle publicidad sin haberla consentido y tras haberlas recibido reiteradamente, del mismo modo solicitó baja ante Linkedin para que no se le volviera a remitir ningún tipo de promoción o acción publicitaria, a lo que la red social hizo caso omiso. Es evidente que ni se requirió consentimiento, ni se consintió ni se atendió el ejercicio de derechos.

Recordemos que además de lo establecido en el RGPD, según el artículo 21.1 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, “queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de estas”. Y esto es precisamente lo ocurrido con LinkedIn.


Una vez iniciado el procedimiento sancionador, la red social fue requerida para que manifestara lo que a su derecho conviniera, pero ante su silencio, prosiguió el procedimiento que acabó imponiendo la sanción mencionada. Si bien, la resolución aun no es firme pudiendo ser recurrida por Linkedin.




CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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