La AEPD impide a Meta ejecutar en España herramientas de análisis electoral




La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado una medida cautelar contra Meta Platforms Ireland Limited para que, de forma inmediata y ante las próximas elecciones al Parlamento Europeo, suspenda en el territorio español la puesta en marcha de las funcionalidades Election Day Information (EDI) y Voter Information Unit (VIU), y la recopilación y el tratamiento de datos que implica el uso de las mismas, al igual que ya ha puesto en marcha la Autoridad italiana.


La Agencia considera que el tratamiento de datos previsto por Meta,  supone una actuación contraria al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que, al menos, incumpliría los principios de protección de datos de licitud, minimización de datos y limitación del plazo de conservación, por cuanto al pretender facilitar información a los usuarios de Facebook e Instagram sobre las elecciones de la UE, trataría datos personales como, entre otros, nombre del usuario, la dirección IP, edad y género o información sobre cómo interactúa con esas funcionalidades.



La Agencia considera que la recopilación y conservación de datos planificadas por la compañía pondrían en grave riesgo los derechos y libertades de los usuarios de Instagram y Facebook, que verían incrementado el volumen de información que esta recopila sobre ellos, permitiendo elaborar perfiles más complejos, detallados y exhaustivos, y generando tratamientos más intrusivos.


CURIOSIDADES & NOTICIAS

21 de mayo de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el cese de la comunicación de datos personales de miles de autónomos por parte de la Cámara de España a la empresa Camerdata, tras el ciberataque sufrido y detectarse que el flujo de la información no estaba autorizado por los autónomos, ya que se utilizaban datos provenientes de la Agencia Tributaria que posteriormente eran comunicados a terceros, cuando el interesado en momento alguno otorgó su consentimiento.
16 de mayo de 2025
Recientemente, una inmobiliaria ha sido sancionada por la AEPD por captar los datos de propietarios e inquilinos de edificios que visitaba uno de sus trabajadores, al que obligaba a capturar fotografía de los buzones de estos inmuebles con la finalidad de utilizarlos para sus pesquisas y ofrecer a titulares, ponerlos a la venta o alquiler en el mercado. Tras el proceso de investigación de la AEPD se constató que la empresa disponía de una ingente cantidad de datos personales sin autorización o en espera de ella. El trabajador que venía captando las fotografías fue despedido cuando se negó a llevar a cabo las prácticas descritas.
13 de mayo de 2025
Estos leones gigantes, también sufrieron un ciberataque en el que quedaron vulnerados sus sistemas y se pudo acceder indebidamente a los datos personales de miles de clientes. Ahora, a AEPD le ha impuesto unas sanciones muy cuantiosas por no haber implementado las medidas acordes a sus capacidades y sistemas, en base a que se ha considerado por esta entidad que el tratamiento no garantizaba una seguridad "adecuada" de los datos personales. En particular, se les ha impuesto sanciones de 4 y 1,6 millones, por infringir la normativa sobre medidas técnicas y organizativas para proteger los datos, la seguridad del tratamiento y no contar con la adecuada evaluación de un impacto relativa a la protección de datos.
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